- F 960 DATA FISCAL
Debe ser ubicado en un lugar visible y destacado próximo a aquel en el que se realice el pago de la operación.
Debe ser ubicado en un lugar visible y destacado próximo a aquel en el que se realice el pago de la operación.
Si posee vidriera en le local o establecimiento deberá, ademas, exhibir dicho formulario contra el vidrio.
Si el contribuyente posee sitio "Web" deberá colocar en un lugar visible de su pagina principal, el logo F960/NM- Data Fiscal, con su correspondiente hipervínculo que la AFIP provee a tal efecto
- Constancias de aceptación en el Registro, en caso de ser imprentas o importadores de comprobantes
- Los exceptuados a la instalación de controladores fiscales, deberán por cada punto de venta exhibir el F445/J intervenido por la AFIP.
- En caso de monotributistas, el F 445/B en caso de poseer maquina registradoras
- En caso de que haya empleados en relación de dependencia se deberá agregar en el local:
- cartel informativo de la ART
- planilla de horario de los empleados
- Facturas manuales con CAI no vencido
- Certificado de domicilio expedido por ARBA
- Comprobante del pago del ultimo anticipo vencido de Ingresos Brutos
- La habilitación Municipal vigente
- La indicación del domicilio y teléfono de las Autoridades Provincial y Municipal competentes para recibir cualquier consulta o reclamo relacionado con los productos o servicios que se comercializan.
- Cartel con la siguiente leyenda
"el consumidor no esta sujeto a restricciones de días y horarios para el cambio de un producto" LEY (PBA) 14.374
"En todos los casos en que sugieran del monto total a pagar diferencias menores a cinco (5) centavos y que fuera imposible la entrega del vuelto correspondiente, la diferencia sera siempre a favor del consumidor". Ley Nacional 13.730

Comentarios
Publicar un comentario