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Podrán solicitar la devolución del gravamen percibido,
los sujetos residentes en el país, que no sean contribuyentes del impuesto a
las ganancias o, en su caso, del impuesto sobre los bienes personales, y que
consecuentemente se encuentren imposibilitados de computar las percepciones
sufridas.
REQUISITOS
Contar con
CUIT
Tener
registrados y aceptados sus datos biométricos
Contar con "Clave Fiscal"
Informar a
la AFIP la clave Bancaria Uniforme (C.B.U)
PERIODOS Comprendidos
2012
2013
2014
MONTOS
Hasta 6.000
pesos
En un pago
Más de
6.000 pesos
En cuotas
de 6.000 pesos
FECHAS
Primera
cuota
16 de
febrero de 2016
Cuotas
siguientes
Los días 11
de marzo, 13 de abril, 12 de mayo, 14 de junio y 14 de julio de 2016
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