cuando las compras exceden las ventas....

Viajes, compras en comercios y por internet, expensas, movimientos bancarios, resúmenes de tarjetas de crédito, transacciones en sitios como Mercado Libre, telefonía celular y prepagas son algunos de los rubros que están bajo la lupa de los inspectores de la AFIP, y que ya cuentan con los datos suficientes de los contribuyentes para cruzar la información y determinar si los gastos se corresponden con las declaraciones juradas.

Así se tiene el control de todo gasto que realizan los consumidores con el fin de impedir la evasión impositiva. En caso de detectar contradicciones o evasiones, se aplican sanciones.


Las facturas de compras no pueden superar el 80% de las ventas. Si AFIP detecta esto no solo excluirá al contribuyente obligándolo a inscribirse como Responsable inscripto sino que le pedirá justificar los gastos y se cobrara retroactivamente los impuestos: IVA y Ganancias. Sin olvidarnos por supuesto de los interese y multas. 

Si bien se plantea modificar en marzo la Ley de Monotributo, hay que saber las consecuencias de no declarar lo realmente facturado.



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